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Acuerdo de Confidencialidad

ACUERDO DE RECONOCIMIENTO DE LA AUTORÍA DE LA OBRA LITERARIA “EL VIAJE DE VALERIA” Y DE CONFIDENCIALIDAD Y NO DIVULGACIÓN DEL CONTENIDO DE LA OBRA LITERARIA CITADA, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE JESÚS JAIME PEÑA REYES A QUIEN EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ “EL AUTOR” Y POR LA OTRA 

A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL CRÍTICO”, AL TENOR DE LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES: 

PRIMERA.- Objeto. Mediante el presente acuerdo, EL CRÍTICO reconoce que el fragmento recibido es parte de la obra literaria “El Viaje de Valeria” que es una obra original escrita por EL AUTOR, reconoce también que la obra completa consiste de 3 tomos o libros subtitulados; APRENDIENDO A SER, DOMINANDO A LA BESTIA y VOLANDO ALTO, así como de los manuales; MANUAL DE LIDERAZGO y MANUAL DE GESTIÓN.

 

SEGUNDA.- 1. EL CRÍTICO se compromete a revisar el fragmento recibido y a entregar por escrito una crítica profesional completa del mismo con el objetivo de proporcionar a EL AUTOR retroalimentación que le permita valorar la capacidad de la obra para transmitir los conceptos y principios de la gestión empresarial de una forma clara y amena. 

 

2. EL CRÍTICO no podrá reproducir, modificar, hacer pública o divulgar a terceros el fragmento ni partes del fragmento de la obra ni de la Tabla de Contenidos de los 3 tomos o libros incluida en el fragmento y que son objeto del presente Acuerdo sin previa autorización escrita y expresa de EL AUTOR.

 

TERCERA.- Los derechos de propiedad intelectual de la información objeto de este Acuerdo pertenecen a EL AUTOR y el hecho de revelarla a EL CRÍTICO para el fin mencionado en las Estipulaciones Primera y Segunda no cambiará tal situación. 

 

En caso de que la información resulte revelada o divulgada o utilizada por EL CRÍTICO de cualquier forma distinta al objeto de este Acuerdo, ya sea de forma dolosa o por mera negligencia, habrá de indemnizar a EL AUTOR los daños y perjuicios ocasionados, sin perjuicio de las acciones civiles o penales que puedan corresponder a este último.

 

CUARTA.- Las partes se obligan a devolver cualquier documentación, antecedentes facilitados en cualquier tipo de soporte y, en su caso, las copias obtenidas de los mismos, así como a destruir cualquier copia en medios electrónicos, que constituyan información amparada por el deber de confidencialidad objeto del presente Acuerdo en el supuesto de que cese la relación entre las partes por cualquier motivo.

 

QUINTA.- El presente Acuerdo entrará en vigor en el momento de la firma del mismo por ambas partes, extendiéndose su vigencia hasta un plazo de 2 años después de finalizada la relación entre las partes o, en su caso, la prestación del servicio.

 

SEXTA.- En caso de cualquier conflicto o discrepancia que pueda surgir en relación con la interpretación y/o cumplimiento del presente Acuerdo, las partes se someten expresamente a los Juzgados y Tribunales de Monterrey, Nuevo León, con renuncia a su fuero propio, aplicándose la legislación vigente.

 

Y en señal de expresa conformidad y aceptación de los términos recogidos en el presente Acuerdo, lo firman las partes por duplicado ejemplar y a un solo efecto en la fecha indicada al comienzo de este documento.

POR EL DIVULGANTE

POR EL RECEPTOR





 

Jesús Jaime Peña Reyes 

INE/IFE: 1507063924185

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Jesús Jaime Peña

jjp@dassmx.com

Tel: +52 1 81 1260 2771

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© 2025 Jesús Peña

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